Y LOS RECURSOS PARA LA PAZ AMBIENTAL QUE?
Este
martes se anunció por parte de organismos institucionales del gobierno
colombiano la creación del “FCS” (Fondo Colombia Sostenible), por medio del
“BID” (Banco Interamericano de Desarrollo, se realizará la apertura de una
cuenta que se destinará exclusivamente para la captación de RECURSOS
INTERNACIONALES que garantizarán la sostenibilidad ambiental de la
implementación de los acuerdos de paz. Ese fondo, con varias subcuentas
específicas a la fuente de las donaciones, no incluye recursos del presupuesto
general de la nación.
Equivalente
al FONDO POR UNA COLOMBIA SOSTENIBLE O CONOCIDOS EN OTROS SECTORES COMO FONDO
PARA LA SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL Y DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE EN ZONAS AFECTADAS
POR EL CONFLICTO, creado en la Ley 1769 de 2015 o Ley de Presupuesto para el
2016, el cual fue reglamentado por el Decreto 2170 de 2016. Sin embargo, una
serie de borradores del denominado ‘fast track’ tendrían en peligro lo
establecido inicialmente.
En la
reforma tributaria se designó que la principal fuente de recursos de dicho
fondo sería lo recaudado con el llamado impuesto al carbono. El artículo 223 de
la Ley 1819 de 2016 establece claramente esa intención y, para curarse en
salud, establece que “los recursos se destinarán, entre otros, al manejo de la
erosión costera, a la conservación de fuentes hídricas y la protección de
ecosistemas de acuerdo con los lineamientos que para ese fin establezca el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.”
Sin
embargo en enunciados publicados se hace mención a que tal fondo se le
modificaría una vez su denominación por Fondo Colombia en Paz. Además, la
propuesta del Ministerio del Posconflicto es que el consejo directivo del
‘Fondo Colombia en Paz’ sea el Consejo Interinstitucional del Posconflicto, que
no incluye al MINISTERIO DE AMBIENTE NI
SU CARTERA. Esto no resulta particularmente ya que si ustedes averiguan
sobre el gabinete del posconflicto esta cartera no se encuentra incluida.
Es decir
estamos en una reforma normativa sin ni siquiera pasar por un control político
y constitucional. Teniendo otras normas en vilo que son tan importante para la
sostenibilidad ambiental para empresas, personas y comunidades como “Ley del
cambio climático, la Ley de pago por servicios ambientales y la reforma a la
Ley 99 de 1993 con el objetivo, de modernizar adecuar y realizar un el Sistema
Nacional Ambiental (SINA). Que sea eficiente.
Por el
momento, son decires de un lado y otro, noticias que son de interés nacional o
chismes de corredores de altas esferas del Estado. Pero lo cierto que en
materia ambiental necesitamos recursos que garanticen que este proceso de paz
que se lleva a cabo en ecosistemas autóctonos que aseguren que cualquier
proceso que demarque una posible deforestación, minería ilegal, descontrolada,
mayor contaminación del agua, entre otras cosas. Y aún más importante que la
plata, es se destine a los ORGANISMOS AMBIENTALES tenga el objetivo de ser
ejecutados para recuperar y conservar nuestra fauna y flora tan golpeada en los
últimos DIEZ 10 AÑOS.
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