LEY 1826 DE 2017 PROCESO PENAL ESPECIAL ABREVIADO

Todo lo que un abogado debe saber sobre el nuevo procedimiento penal abreviado

La Ley 1826 del 2017 tiene 44 artículos y permitirá que las víctimas hagan parte de procesos relacionados con delitos menores de manera más activa, investigando y acusando a través de sus abogados o estudiantes de consultorio jurídico.
Su finalidad, una sola, descongestionar el sistema judicial por medio de la disminución del número de audiencias del procedimiento penal ordinario y la implementación de la figura del ya mencionado acusador privado.

Conductas punibles de este nuevo procedimiento

El procedimiento especial abreviado se aplicará a las siguientes conductas punibles:
Lesiones personales
  • Las que requieren querella para el inicio de la acción penal.
  • Lesiones
  • Lesiones culposas
  • Incapacidad para trabajar o enfermedad
  • Deformidad
  • Perturbación Funcional o psíquica
  • Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro
  • Parto o aborto preterintencional

 De los actos de discriminación

  • Actos de racismo o discriminación
  • Hostigamiento
  • Actos de discriminación u hostigamiento agravados
  •  Inasistencia alimentaria
  • Delitos contra el patrimonio económico
  • Hurto
  • Hurto calificado
  • Hurto agravado (numerales del 1 al 10 del Código Penal - CP)
  • Estafa
  • Abuso de confianza
  • Corrupción privada
  • Administración desleal
  • Abuso de condiciones de inferioridad
  • Utilización indebida de información privilegiada en particulares

Los delitos contenidos en el Título VII BIS del CPP, sobre protección de la información y los datos, excepto los casos en los que la conducta recaiga sobre bienes o entidades del Estado

 Delitos contra los derechos de autor
  • Violación a los derechos morales de autor
  • Violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos
  • Violación a los mecanismos de protección de derechos de autor
  • Falsedad en documento privado y circunstancias de agravación

 Delitos contra el orden económico social
  • Usurpación de derechos de propiedad industrial y de derechos de obtentores de variedades vegetales
  • Uso ilegitimo de patentes
  • Violación de reserva industrial y comercial
  • Ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico

Dentro de este proceso la novedad es que las audiencias en el proceso penal de cinco pasan a dos etapas procesales, las cuales son concentración y el juicio oral.

Con la LEY 1826 DE 2017, la comunicación de cargos se realiza con el escrito de acusación y el indiciado adquiere la condición de parte, y el acusado tendrá 60 días para preparar su defensa y dentro de los 10 días siguientes el juez citara a audiencia; luego el juez cita a juicio oral para que dentro de los 30 días se cita a AUDIENCIA DE JUICIO ORAL  siguiendo la infraestructura de Código de Procedimiento Penal, excepto la audiencia del articulo 447 en la que se profiere sentencia. Y 10 días después se emitirá sentencia notificando a las partes contando estas con cinco (5) días para proferir recurso. Para tener en cuenta “Estas impugnaciones se presentarán por escrito y se tramitarán conforme a lo dispuesto por el procedimiento ordinario”. "En este proceso la victima puede ser investigador privado solicitándolo a la fiscalía."

Además en caso de haber medida de restricción no podrá exceder más de 180 días, procediendo en los siguientes casos:
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  • Cuando se haya cumplido la pena según la determinación anticipada
  • Cuando se haya decretado la preclusión.
  •  Cuando se haya absuelto al acusado.
  • Como consecuencia de la aplicación del principio de oportunidad.
  • Como consecuencia de las cláusulas del acuerdo cuando haya sido aceptado por el juez del caso.
  • Cuando transcurridos 70 días desde el traslado de la acusación no se haya iniciado la audiencia concentrada.
  • Cuando transcurridos 30 días desde la terminación de la audiencia concentrada no se haya iniciado la audiencia de juicio oral.
  • Cuando transcurridos 75 días desde el inicio del juicio oral no se haya corrido traslado de la sentencia.

Recordemos que la vigencia de esta ley, será en seis meses a partir de su promulgación, y será retroactiva es decir se le aplicara a los delitos cometidos con anterioridad a su entrada en vigencia y no se haya realizado imputación de acuerdo a la ley 906 de 2004. ( otra forma de enredar los procesos y la oralidad y agilidad de un proceso que?)




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