LEY 1826 DE 2017 PROCESO PENAL ESPECIAL ABREVIADO
Todo lo que un abogado debe saber sobre
el nuevo procedimiento penal abreviado
La Ley 1826 del 2017 tiene 44 artículos y permitirá que las víctimas hagan parte de procesos
relacionados con delitos menores de manera más activa, investigando y acusando a través de sus abogados o estudiantes
de consultorio jurídico.
Su finalidad, una sola, descongestionar el sistema judicial por
medio de la disminución
del número de audiencias del procedimiento penal ordinario y la implementación
de la figura del ya mencionado acusador privado.
Conductas punibles de este nuevo procedimiento
El procedimiento especial abreviado se aplicará a las siguientes
conductas punibles:
Lesiones personales
- Las que requieren querella para el inicio de la acción penal.
- Lesiones
- Lesiones culposas
- Incapacidad para trabajar o enfermedad
- Deformidad
- Perturbación Funcional o psíquica
- Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro
- Parto o aborto preterintencional
De los actos de discriminación
- Actos de racismo o discriminación
- Hostigamiento
- Actos de discriminación u hostigamiento agravados
- Inasistencia alimentaria
- Delitos contra el patrimonio económico
- Hurto
- Hurto calificado
- Hurto agravado (numerales del 1 al 10 del Código Penal - CP)
- Estafa
- Abuso de confianza
- Corrupción privada
- Administración desleal
- Abuso de condiciones de inferioridad
- Utilización indebida de información privilegiada en particulares
Los delitos
contenidos en el Título VII BIS del CPP, sobre protección de la
información y los datos, excepto los casos en los
que la conducta recaiga sobre bienes o entidades del Estado
Delitos
contra los derechos de autor
- Violación a los derechos morales de autor
- Violación de derechos patrimoniales de autor y derechos conexos
- Violación a los mecanismos de protección de derechos de autor
- Falsedad en documento privado y circunstancias de agravación
Delitos
contra el orden económico social
- Usurpación de derechos de propiedad industrial y de derechos de obtentores de variedades vegetales
- Uso ilegitimo de patentes
- Violación de reserva industrial y comercial
- Ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico
Dentro de este
proceso la novedad es que las audiencias en el proceso penal de cinco pasan a
dos etapas procesales, las cuales son concentración y el juicio oral.
Con la LEY 1826
DE 2017, la comunicación de cargos se realiza con el escrito de acusación y el indiciado
adquiere la condición de parte, y el acusado tendrá 60 días para preparar su
defensa y dentro de los 10 días siguientes el juez citara a audiencia; luego el
juez cita a juicio oral para que dentro de los 30 días se cita a AUDIENCIA DE
JUICIO ORAL siguiendo la infraestructura
de Código de Procedimiento Penal, excepto la audiencia del articulo 447
en la que se profiere sentencia. Y 10 días después se emitirá sentencia
notificando a las partes contando estas con cinco (5) días para proferir
recurso. Para tener en cuenta “Estas impugnaciones se presentarán por escrito y
se tramitarán conforme a lo dispuesto por el procedimiento ordinario”. "En este proceso
la victima puede ser investigador privado solicitándolo a la fiscalía."
Además en caso
de haber medida de restricción no podrá exceder más de 180 días, procediendo en
los siguientes casos:
- Cuando se haya cumplido la pena según la determinación anticipada
- Cuando se haya decretado la preclusión.
- Cuando se haya absuelto al acusado.
- Como consecuencia de la aplicación del principio de oportunidad.
- Como consecuencia de las cláusulas del acuerdo cuando haya sido aceptado por el juez del caso.
- Cuando transcurridos 70 días desde el traslado de la acusación no se haya iniciado la audiencia concentrada.
- Cuando transcurridos 30 días desde la terminación de la audiencia concentrada no se haya iniciado la audiencia de juicio oral.
- Cuando transcurridos 75 días desde el inicio del juicio oral no se haya corrido traslado de la sentencia.
Recordemos
que la vigencia de esta ley, será en seis meses a partir de su promulgación, y será
retroactiva es decir se le aplicara a los delitos cometidos con anterioridad a
su entrada en vigencia y no se haya realizado imputación de acuerdo a la ley
906 de 2004. ( otra forma de enredar los procesos y la oralidad y agilidad
de un proceso que?)
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